Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión definitiva otorgada a la empresa Productos de Alta Especialidad, S.A. de C.V., dentro del juicio de amparo número 943/2010, emitida por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal (Oficio 00641/30.15/4226/2010)

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-SUR-D.F.-DS-0298/2006.- Oficio 00641/30.15/4226/2010. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SUSPENSION DEFINITIVA OTORGADA A LA EMPRESA PRODUCTOS DE ALTA ESPECIALIDAD, S.A. DE C.V., DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 943/2010, EMITIDA POR EL JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

El C. Juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, dentro del juicio de amparo número 943/2010, promovido por la empresa Productos de Alta Especialidad, S.A. de C.V., dictó sentencia interlocutoria de fecha 5 de agosto de 2010, en los términos siguientes:

"...CUARTO.- Con independencia de lo anterior, se concede la suspensión definitiva solicitada por la persona moral denominada Productos de Alta Especialidad, sociedad anónima de capital variable, en relación con los efectos y consecuencias de los actos reclamados, los que se traducen en que la autoridad responsable no restrinja su participación en licitaciones, y por ende, para...

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