Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión definitiva otorgada a José Antonio Vidal Industrial, S.A. de C.V., dentro del incidente en revisión R.I. 290/ 2009

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores.- Area de Responsabilidades.- Expediente DS-001/2009. OFICIO CIRCULAR 004/2009

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SUSPENSION DEFINITIVA OTORGADA A JOSE ANTONIO VIDAL INDUSTRIAL, S.A. DE C.V., DENTRO DEL INCIDENTE EN REVISION R.I. 290/2009.

CC. Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal.

Presentes.

El Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el incidente en revisión 290/2009 con fecha veintiocho de agosto de dos mil nueve dictó sentencia interlocutoria en los siguientes términos:

"(...) Se concede la suspensión definitiva solicitada por la parte quejosa, respecto de las consecuencias del acto reclamado, esto es, para que no se ejecute la resolución de tres de junio de dos mil nueve, emitida en el expediente administrativo de sanción DS-001/2009, incoado en su contra, esto es para que no se le inhabilite por un período de tres meses, así como se abstengan las responsables de llevar a cabo la publicación en el Diario Oficial de la Federación, para presentar propuestas o celebrar contratos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como las entidades federativas cuando se utilicen recursos federales, porque de no suspenderse la ejecución de los actos reclamados, podría quedar sin materia el fondo del juicio, dado que es temporal la inhabilitación decretara en contra de la promoverte del amparo. (...)".

Por lo anterior y toda vez que actualmente corre el plazo de la citada inhabilitación, gírese oficio al C. Director del Diario Oficial de la Federación para que se sirva ordenar la...

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