Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 120-66-13 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido El Cuayo, Municipio de Ixhuatlán de Madero, Ver

Fecha de disposición28 Noviembre 2006
Fecha de publicación28 Noviembre 2006
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 120-66-13 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido El Cuayo, Municipio de Ixhuatlán de Madero, Ver.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 31, 37, fracción XXVII, y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 93, fracción V, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 61, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que desde hace aproximadamente 36 años un grupo de campesinos del poblado LA PALMA CAPADERO, ubicado en el Municipio de Ixhuatlán de Madero, Estado de Veracruz, ha venido ocupando y explotando en actividades agropecuarias de manera continua y sin autorización una superficie de terrenos que fueron concedidos como ampliación de ejido por incorporación de tierras al régimen ejidal al núcleo agrario EL CUAYO, del mismo Municipio y Estado, generándose un conflicto entre el grupo en posesión y el ejido mencionado, por lo que, para resolver dicho conflicto la Asamblea de Ejidatarios del núcleo ejidal EL CUAYO, mediante acta de fecha 16 de febrero de 2004, manifestó su anuencia para que se regularice por la vía expropiatoria, la superficie mencionada a favor del grupo de campesinos del poblado “LA PALMA CAPADERO, con intervención de la Procuraduría Agraria.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que por oficio sin número de fecha 23 de agosto de 2005, el Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural y el Oficial Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria solicitaron al titular de la propia Dependencia, la expropiación de una superficie de 120-66-13 Has., de terrenos del ejido denominado EL CUAYO, Municipio de Ixhuatlán de Madero, Estado de Veracruz, para destinarlos a su regularización mediante la transmisión gratuita al grupo de campesinos del poblado LA PALMA CAPADERO del propio Municipio y Estado, que los tienen en posesión para que continúen dedicándolos a actividades agrícolas y pecuarias. Dicha solicitud de expropiación se funda en lo establecido en los...

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