Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 2-59-50 hectáreas de temporal de uso común e individual, de terrenos del ejido El Salero, Municipio de Cosío, Ags
Emisor | Secretaría de la Reforma Agraria |
DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 2-59-50 hectáreas de temporal de uso común e individual, de terrenos del ejido El Salero, Municipio de Cosío, Ags.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y
RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 102.301.-A 08391 de fecha 5 de agosto del 2002, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 2-55-45 Has., de terrenos del ejido denominado EL SALERO , Municipio de Cosío del Estado de Aguascalientes, para destinarlos a la construcción del entronque Cosío de la carretera Aguascalientes-Zacatecas, tramo Rincón de Romos-límite de estados Aguascalientes-Zacatecas, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12864. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 2-59-50 Has., de temporal de las que 0-51-73 Ha., es de uso común y 2-07-77 Has., de uso individual, resultando afectada la parcela asignada al ejido y los siguientes ejidatarios.
NOMBRE | PARCELAS | SUPERFICIE |
Nos. | HA. | |
1.- FLORENCIO CORDERO REYES | 430 | 0-06-66 |
2. - LEONARDO MACÍAS GARCÍA | 431 | 0-31-30 |
3.- ELEUTERIO REYES ZAPATA | 432 | 0-09-19 |
4.- LUIS REYES ZAPATA | 433, 434 y 494 | 0-16-83 |
5.- ASIGNADA AL EJIDO | 469 | 0-76-58 |
6.- JOSEFINA GARCÍA RODRÍGUEZ | 493 | 0-01-85 |
7.- J. NATIVIDAD RODRÍGUEZ ACOSTA | 495 | 0-18-49 |
8.- LEOPOLDO LÓPEZ MEDINA | 496 | 0-16-42 |
9.- ADOLFO BADILLO MEDINA | 497 | 0-08-13 |
10.- NICANOR GARCÍA RODRÍGUEZ | 498 | 0-07-75 |
11.- HIPÓLITO CORDERO BADILLO | 499 | 0-09-84 |
12.- ANTONIO DELGADO CERVANTES | 500 | 0-04-73 |
TOTAL | 2-07-77 HAS. |
RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 19 de marzo de 1931, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 1931, y ejecutada el 15 de diciembre de 1931, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido EL SALERO , Municipio de Cosío, Estado de Aguascalientes, una superficie de 816-00-00 Has., para beneficiar a 51 capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 1o. de septiembre de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación...
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