Circular F-13.1, mediante la cual se dan a conocer a las instituciones de fianzas, la forma y términos para la entrega de la información relativa al Sistema de Vigilancia Corporativa (SVC
Fecha de disposición | 23 Marzo 2006 |
Fecha de publicación | 23 Marzo 2006 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR F-13.1, mediante la cual se dan a conocer a las instituciones de fianzas, la forma y términos para la entrega de la información relativa al Sistema de Vigilancia Corporativa (SVC).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CIRCULAR F-13.1
Asunto: Sistema de Vigilancia Corporativa (SVC).- Se dan a conocer forma y términos para su entrega.
A las Instituciones de Fianzas.
Como es del conocimiento de esas instituciones de fianzas, esta Comisión implantó el Sistema de Vigilancia Corporativa (SVC), mismo que permite a esas instituciones presentar la información relativa a su gobierno corporativo ante esta Comisión, para el ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia.
Al respecto, con el propósito de lograr una mayor eficiencia en el proceso de entrega de la información que realizan esas instituciones, esta Comisión ha resuelto establecer nuevos procedimientos para su envío y presentación, para lo cual se llevaron a cabo las adecuaciones y actualizaciones necesarias al SVC, con el objetivo de que el envío de la información, así como de la documentación soporte de la misma, se realicen a través de la página en Internet de esta Comisión (www.cnsf.gob.mx), utilizando el Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE) a que se refiere la Circular F-13.6 vigente.
Asimismo, se realizó una revisión a la estructura de la información corporativa con el objeto de hacer más eficientes los mecanismos de presentación y notificación de la misma por parte de esas instituciones, generando una nueva plataforma del SVC que permite a esas instituciones el envío de la información relacionada con los accionistas, consejeros, comisarios, principales funcionarios, contralor normativo, auditores externos, notificación de los días en que cerrarán y suspenderán sus operaciones, aviso de apertura, cambio de ubicación y clausura de las sucursales y oficinas de servicio, notificación de la contratación del proveedor de precios, así como toma de decisiones corporativas llevadas a cabo mediante Asamblea General de Accionistas, o bien a través de sesiones del Consejo de Administración, entre otros.
Adicionalmente, el SVC contempla un esquema mediante el cual esas instituciones, a la entrada en vigor de la presente Circular, deberán capturar y enviar por primera vez la información corporativa vigente, para posteriormente realizar actualizaciones de la misma, tomando como base la última información entregada ante esta Comisión, las citadas actualizaciones deberán llevarse a cabo a través de un “envío total” de manera trimestral o bien de un “envío parcial”, en el momento en el que se requiera, según corresponda.
En este mismo sentido, a través del SVC esas instituciones podrán realizar el envío de la información a través del SEIVE cuando así se considere necesario, con el objeto de...
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