NORMA Oficial Mexicana NOM-093-STPS-1994, Higiene industrial-Medio ambiente laboral, determinación de tetrahidrofurano en aire, método de cromatografía de gases.

Fecha de disposición07 Diciembre 1995
Fecha de publicación07 Diciembre 1995
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-093-STPS-1994, Higiene industrial-Medio ambiente laboral, determinación de tetrahidrofurano en aire, método de cromatografía de gases.

07-12-95

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-093-STPS-1994, HIGIENE INDUSTRIAL-MEDIO AMBIENTE LABORAL, DETERMINACION DE TETRAHIDROFURANO EN AIRE, METODO DE CROMATOGRAFIA DE GASES.

JAVIER BONILLA GARCIA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16, 40, fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523, fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fracción XI, 38, fracción II, 40 fracciones I y VII, 41 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2o., 3o. y 5o. del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 21 de junio de 1994, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el Anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana;

Que en sesión de fecha 6 de julio de 1994 el expresado Comité consideró correcto el Anteproyecto y acordó que se publicara como Proyecto en el Diario Oficial de la Federación;

Que con fecha 27 de septiembre de 1994, en cumplimiento del acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;

Que habiendo recibido comentarios de las direcciones generales de normas el 21 de septiembre de 1994 y de Asuntos Legislativos de la Unidad de Desregulación Económica el 25 de noviembre de 1994, ambas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y la Asociación Nacional de la Industria Química el 12 de diciembre de 1994, el Comité Consultivo Nacional procedió a su estudio y resolvió sobre los mismos en sesión de fecha 22 de febrero de 1995;

Que con fecha 30 de agosto de 1995, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las respuestas otorgadas a los comentarios recibidos;

Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-093-STPS-1994, HIGIENE INDUSTRIAL-MEDIO AMBIENTE LABORAL, DETERMINACION DE TETRAHIDROFURANO EN AIRE, METODO DE CROMATOGRAFIA DE GASES.

  1. Introducción

    Sustancia a analizar: Tetrahidrofurano.

    Medio: Aire.

    Nivel Máximo de Concentración

    Permisible: El que se indica en la NOM-010-STPS.

    Intervalo: 323 - 1240 mg/m3.

    Precisión (CVT): 0,055.

    Procedimiento: Adsorción en carbón activado desadsorción con disulfuro de carbono, cromatografía de gases (CG).

  2. Objetivo y campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana establece el procedimiento de cromatografía de gases para la determinación de tetrahidrofurano en muestras de aire del medio ambiente laboral.

  3. Referencias

    NOM-010-STPS Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

    NOM-083-STPS Higiene industrial - Medio ambiente laboral determinación de sustancias químicas en el aire, método de cromatografía de gases.

    NOM-008-SCFI Sistema General de Unidades de Medida.

  4. Definiciones

    Ver definiciones en la NOM-083-STPS.

  5. Principio del método

    4.1 Pasar un volumen conocido de aire a través de un tubo con carbón activado para atrapar los vapores orgánicos presentes.

    4.2 Transferir el carbón activado del tubo a un contenedor de muestras con tapa y la sustancia a analizar de desadsorbe con disulfuro de carbono.

    4.3 Inyectar una alícuota de la muestra desadsorbida a un cromatógrafo de gases.

    4.4 Determinar el área del pico resultante y compararla con las de los estándares.

  6. Intervalo y sensibilidad

    5.1 Este método fue validado sobre el intervalo de 323 - 1240 mg/m3 a temperatura y presión atmosférica, de 295,5 K (22,5ºC) y 101,7 kPa (763 mmHg), usando una muestra de 9 litros.

    5.2 El límite superior del intervalo en el método depende de la capacidad de adsorción en el tubo con carbón activado. La capacidad varía con las concentraciones de la sustancia por analizar y de otras sustancias en el aire. Se encontró que la primera sección del tubo con carbón activado retenía un mínimo de 15 mg de tetrahidrofurano, cuando la atmósfera de prueba contenía 1140 mg/m3 de dicha sustancia en el aire, y era muestreada con una velocidad de flujo de 0,185 L/min, durante 72 min; en ese momento la concentración de tetrahidrofurano en el efluente fue menor de 5% (ver sección 9.2).

    NOTA: Si una atmósfera de prueba particular se sospecha que la cantidad de contaminante es grande, se deben utilizar pequeños volúmenes de muestreo.

  7. Interferencias

    6.1 Cuando la humedad en el aire es muy grande, tanto que llega a ocurrir condensación en el tubo, los vapores orgánicos no se adsorben...

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