Acuerdo por el que se destina al servicio del H. Ayuntamiento de Cihuatlán, Jalisco, la superficie de 7,945.76 metros cuadrados, de zona federal marítimo terrestre, ubicada en avenida Miguel López de Legaspi, Playa Barra de Navidad, Malecón Panorámico Marcelino García Barragán, localidad Barra de Navidad, Municipio de Cihuatlán, Estado de Jalisco, para uso general, malecón turístico de servicios públicos, recreativos y culturales

EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6, fracciones II y IX, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción IV, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 7,945.76 m², de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Av. Miguel López de Legaspi, Playa Barra de Navidad, Malecón Panorámico "Marcelino García Barragán", localidad Barra de Navidad, Municipio de Cihuatlán, Estado de Jalisco, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico presentado por el promovente con No. DDPIF/JAL/2009/01, de julio de 2011, cumple con la delimitación oficial con clave No. DDPIF/JAL/2009/01, de noviembre 2009, escala 1:2000, 10 planos basados en un sistema de coordenadas WGS84, proyectadas en UTM, y que obra en el expediente 1732/JAL/2011 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica esta señalada en el artículo primero de este Acuerdo.

Que mediante solicitud de destino recibida con fecha 29 de agosto de 2011, el H. Ayuntamiento de Cihuatlán, Jalisco, pidió se destine la superficie de ubicación descrita en el considerando anterior, para uso general, malecón turístico de servicios públicos, recreativos y culturales.

Que mediante oficio con clave No. DGOPM2010-2012 Exp: 004/U/011 de fecha 29 de julio de 2011, la Dirección General de Obras Públicas, Dictamen de Usos y Destinos del Municipio de Cihuatlán, Jalisco, emitió constancia que acredita la compatibilidad de uso de suelo para la solicitud de destino.

Que mediante Opinión Técnica No. 0476/12 de fecha 9 de julio de 2012, emitida por la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, y el Dictamen Técnico No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-1183/12 del 11 de octubre de 2012, emitido por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros se determinó, que la solicitud realizada por el H. Ayuntamiento de Cihuatlán, Jalisco, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.

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