Sentencia pronunciada en el expediente número TUA/10°DTO/20/93, relativo al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovido por la comunidad de San Francisco Ayotuxco, Municipio de Huixquilucan, Edo. de Méx

EmisorTribunal Unitario Agrario

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

SENTENCIA pronunciada en el expediente número TUA/10°DTO/20/93, relativo al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovido por la comunidad de San Francisco Ayotuxco, Municipio de Huixquilucan, Edo. de Méx.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Unitario Agrario.- Secretaría de Acuerdos.- Distrito 10 Naucalpan.

Visto para dictar resolución en el expediente número TUA/10°DTO/20/93, promovido por la comunidad de San Francisco Ayotuxco, Municipio de Huixquilucan, Estado de México; quien reclama el reconocimiento titulación de bienes comunales de una superficie de 4,300-00-00 hectáreas; sentencia que se dicta en cumplimiento a la resolución del veinticinco de septiembre del dos mil uno, pronunciada por el Tribunal Superior Agrario en el Recurso de Revisión número 261/2001-10, promovido por los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales de la comunidad en mención, y

RESULTANDO

  1. - Por escrito presentado el cinco de enero de mil novecientos noventa y tres (foja 01, tomo IV), los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales de la comunidad de San Francisco Ayotuxco, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, solicitaron ante este Tribunal el reconocimiento y titulación de bienes comunales que a la fecha vienen poseyendo.

    Los promoventes fundaron su demanda en los siguientes hechos: Que como ya señalaron en el preámbulo de esta petición, los hoy promoventes son originarios del poblado de San Francisco Ayotuxco, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, en donde han vivido como descendientes de sus padres y abuelos que han vivido desde tiempo inmemorial y teniendo el carácter de comunidad contando a la fecha con los títulos virreinales en copias debidamente certificadas, mismas que anexan a su escrito de demanda para los efectos legales, así como copias simples para su debida cotejación y certificación, y una vez hecho esto se les devuelvan las certificadas, por así convenir a sus intereses. Que cuentan además con un cuaderno en donde están traducidos los títulos virreinales, con un total de 104 fojas útiles que anexan a su escrito de demanda, para su consideración correspondiente, así como un cuaderno más de los mismos debidamente certificados para que sean debidamente cotejados. Que los títulos a que se refieren en los dos hechos anteriores señalan que su comunidad cuenta con una superficie aproximada de 5,000-00-00 hectáreas de terrenos comunales, estableciendo en la foja número 17 del cuaderno traducido de los títulos virreynales que su comunidad tiene como límites los siguientes: ...En nombre de los naturales del pueblo de San Francisco Ayotuxco y Barrio y en su obedecimiento giaron del oriente donde se nombre el parage de Tapantule donde los amoné y puse una cruz y se llegó al parage Min santo cuyo parage por la parte del sur seguimos al parage de la Peña se llegó al parage de la Peña, se llegó al parage de Ensamejalú, se llegó en el potrero que le nombran del oriente donde se juntan el Río de San Francisco el Viejo y pasa entre dicho pueblo de San Francisco y el de Huixquilucan ente dos cerros en cuyo parage por la parte sur dijeron que confinan las tierras de dicho pueblo y su Barrio con que linda por esa parte del sur y se llegó al parage de la Peña, dejados todo el camino derecho de Tarasquillo hasta llegar al agua escondida y cruzamos el parage que nombran Totoniluy, llegamos al parage Baratatodo del río y cruzamos donde se encuentran los dos ríos, ganamos la cuesta arriba de la meza donde están unos árboles llegando al pedregoso y cruzamos el parage del Ojo del Agua y llegando del parage de las Cineguillas donde los amoné y puse su cruz y se llegó por ese rumbo al parage del Ollamel y del Capulín hasta llegar al agua del lobo donde dijeron confinan las tierras de dicho poblado y su Barrio donde mande a hacer su mohonera y su cruz y por el poniente llegamos al parage que nombran Cacalotepec y Llontepecy seguimos hasta llegar al llano negro de San Francisco el viejo del agua Ixtlahuaca que le nombra y hace la cañada al cerro colorado hasta llegar al parage del Matasano y sus amos a llegar a la canaleja donde limita con monte de San Lorenzo Huizizilapan y seguimos al tenor al rumbo de gato y hasta llegar a la mina vieja y la esquina de la paredona y todos manantiales en donde confinan las tierras siguiendo hasta llegar al paraje del Cerrito de Juan Moreno en donde hay un cimiento antigüo y cruzamos llegando al portezuelo de las cruces que le nombran y de ahó cojimos al paraje en Ajocotititla donde confinan las tierras vuelta del llano hasta llegar al parage de La Rosa Vierno donde está una árbol de encino delgado donde confinan las tierras y sus barrios y seguimos a llegar a la punta del cerro abajo de la peña y seguimos al parage en la Puente de Santa María Magdalena Chichicaspa, en la loma de las cruces y llegamos donde empezamos dicha medida en parage en la Barranca de Tapantula por dichos indios de conformidad del auto de identidad mencionaron y concluyeron esta posesión de los naturales del pueblo de San Francisco Ayotuxco; aguas, abrevaderos, manantiales y pastos que tiene este lugar sin perjuicio de tercero lo rubrique... (SIC). Que dadas las colindancias y rumbos señalados en el punto anterior, y por la situación geográfica que éstos guardan en relación al caserío de su poblado, pueden concluir con certeza que su comunidad tiene una superficie aproximada de 5,000-00-00 hectáreas. Al efecto cabe señalar que su comunidad está compuesta por el poblado de San Francisco Ayotuxco y su barrio Santa Cruz Ayotuxco, que originalmente formaban una sola comunidad, sólo que a través del tiempo fue dándose una costumbre en el sentido de irse separando paulatinamente el poblado principal y su barrio, tan es así que surge un conflicto entre ambos poblados en relación a un paraje denominado El Aviadero , en donde se disputaban la posesión teniendo como consecuencia que en mil novecientos cuarenta, los comuneros de San Francisco Ayotuxco solicitaran la intervención del Departamento Agrario y Colonización para que éste interviniera y solucionara el conflicto, por lo que con fecha treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta se emitió resolución en el expediente de localización de terrenos comunales del poblado de San Francisco Ayotuxco, Estado de México, que más bien quiso referirse tal Resolución Presidencial a la resolución sobre el conflicto que presentaban San Francisco Ayotuxco y Santa Cruz Ayotuxco, toda vez que tal resolución exclusivamente resolvió el conflicto respecto de un solo paraje o predio disputado entre ambos poblados y denominado El Aviadero , dando 301-00-00 hectáreas, para el poblado de San Francisco y 400-00-00 hectáreas para el barrio de Santa Cruz Ayotuxco, tal Resolución Presidencial como ya reiteraron exclusivamente resolvió un conflicto sobre un paraje que era parte de la comunidad en forma global, mas nunca resolvió sobre la totalidad de las 5,000-00-00 hectáreas, que hablan los títulos virreinales, razón por la cual y sin que hasta la fecha se haya ejercitado ninguna acción legal, para legalizar la superficie restante de aproximadamente 4,300-00-00 hectáreas, es por lo que por esta vía solicitan se les regularice y se les dé la seguridad en la tenencia de la tierra, al efecto y para la mejor comprensión de lo narrado en este punto, anexan copia del Diario Oficial de la Federación en donde se publicó la Resolución Presidencial ha que han hecho referencia, así como el plano definitivo; 5.- Por su parte el barrio denominado Santa Cruz Ayotuxco, también promovió la regularización de sus 400-00-00 hectáreas, sólo que tal poblado lo hizo por la vía de reconocimiento y titulación de bienes comunales, sólo que tal procedimiento lo ejercitó hasta mil novecientos setenta, y consecuentemente se le expidió Resolución Presidencial sobre confirmación y titulación de sus terrenos comunales, con la superficie ya señalada, anexando copia certificada del Diario Oficial de la Federación donde se publicó la Resolución Presidencial de mérito, así como el plano definitivo correspondiente; 6.- Como se advierte hasta el momento y dados los hechos y documentos a que han hecho referencia, en ningún momento se ha hecho alusión a las 4,300-00-00 hectáreas aproximadamente, que en base a títulos virreinales forman parte de su comunidad, no obstante y dada la existencia de los títulos virreinales debe colegirse que la superficie de referencia también guarda el estado comunal, hecho que los impulsa a promover la presente petición al efecto de que por la vía de confirmación y titulación de bienes comunales en favor del poblado de San Francisco Ayotuxco se legalice; 7.- Actualmente gran parte de las 4,300-00-00 hectáreas aún siguen estando en su estado natural, no obstante cabe hacer notar que el mismo caserío del poblado se encuentra fuera del registro de las 400-00-00 hectáreas a que se refiere la Resolución Presidencial que señalan en el hecho número cuatro de esta resolución, es decir, debe de tenerse en cuenta que precisamente la comunidad tiene su núcleo y tiene su razón de ser dada la existencia de los comuneros que viven en el poblado, por tanto si hablan de régimen comunal primeramente deben de referirse al lugar donde está sentada la población indígena, que es el centro de la comunidad y luego sus terrenos comunales lo serán los terrenos que se encuentren alrededor del poblado. El caso es que tanto el Presidente Municipal como diversas autoridades, a toda costa han querido imponer la idea de que los terrenos donde se encuentra asentado el poblado no forman parte de la comunidad o que no son terrenos comunales, haciéndoles creer que los terrenos comunales de su poblado son las únicas 300-00-00 hectáreas y que los demás no son terrenos comunales sino que son propiedades particulares, lo que ha provocado descontrol en el poblado, toda vez que por parte de los tres...

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