Sentencia pronunciada en el expediente agrario número 10/95, relativo al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovido por campesinos del poblado Noriega y Anexos, Municipio de Santa Bárbara, Chih

EmisorTribunal Unitario Agrario

SENTENCIA pronunciada en el expediente agrario número 10/95, relativo al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovido por campesinos del poblado Noriega y Anexos, Municipio de Santa Bárbara, Chih.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Unitario Agrario.- Distrito Cinco.- Chihuahua.

Vistos para resolver en definitiva los autos que integran el expediente agrario número 10/95, relativo al reconocimiento y titulación de bienes comunales, promovido por campesinos del poblado "Noriega y Anexos", Municipio de Santa Bárbara, Estado de Chihuahua, de conformidad con los siguientes antecedentes, y

RESULTANDO:

  1. - Que mediante escrito de veintiuno de agosto de mil novecientos setenta y siete, un grupo de campesinos del poblado de "Noriega y Anexos", ubicado en el Municipio de Santa Bárbara, Estado de Chihuahua, solicitaron al Secretario de la Reforma Agraria, la instauración de un expediente de reconocimiento y titulación de bienes comunales, manifestando que están usufructuando unos terrenos desde tiempo inmemorial.

  2. - Que la Dirección General de Tenencia de la Tierra, por conducto de la Dirección de Bienes Comunales, instauró el expediente de referencia, quedando registrado en el archivo central de la referida Secretaría, bajo el número 276.1/3765.

    La solicitud se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chihuahua, del tres de diciembre de mil novecientos setenta y siete, en el Diario Oficial de la Federación el catorce de julio de mil novecientos ochenta.

  3. - En asamblea general extraordinaria, celebrada el diecinueve de noviembre de mil novecientos setenta y siete, con la intervención del comisionado por la Delegación de la Secretaría de la Reforma Agraria, fueron electos Mónico Galaviz Flores y Ramón Hernández Escobedo como representantes comunales, propietario y suplente, respectivamente.

    El núcleo de población que nos ocupa, no presentó sus títulos primordiales o algún otro documento que ampare los derechos sobre los terrenos que solicitan como presuntamente comunales.

  4. - Por oficio número 10045 de catorce de octubre de mil novecientos setenta y siete, la Delegación de la Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de Chihuahua, ordenó a Manuel Raúl González Estrada se trasladara al poblado denominado "Noriega y Anexos", Municipio de Santa Bárbara, Estado de Chihuahua, con el objeto de que realizara los trabajos censales correspondientes, rindiendo el ocho de diciembre de mil novecientos setenta y siete, su informe, del cual se desprende lo siguiente: Que el treinta y uno de octubre de mil novecientos setenta y siete, se lanzó la convocatoria a los integrantes del poblado de referencia, en la que se notificó que se realizaría la elección de los representantes censales el diez de noviembre de mil novecientos setenta y siete, resultando electos como tales Venancio Contreras Mariscal y Cipriano Beltrán Palacios y en la fecha antes señalada quedó integrada la junta censal con la intervención del comisionado como representante de la Secretaría de la Reforma Agraria y de inmediato dieron inicio los trabajos relativos al censo, los que una vez concluidos el diecinueve de noviembre de mil novecientos setenta y siete, arrojaron los siguientes resultados: 190 habitantes clasificados en 35 jefes de familia, 23 mayores de 16 años, 4 viudos, 127 esposas, niños y jóvenes menores de 16 años.

  5. - El comisionado Manuel Raúl González Estrada, expidió cédula notificatoria de plazo (sin fecha) para objetar y hacer valer derechos de comuneros; habiéndose fijado en los lugares más visibles del lugar, según certificación de la Presidencia Municipal de Santa Bárbara, Chihuahua, transcurrido el plazo no se presentaron objeciones al censo, sino por el contrario los representantes comunales Mónico Galaviz Flores y Ramón Hernández E., mediante escrito de diecinueve de noviembre de mil novecientos setenta y siete, manifestaron su conformidad con los trabajos administrativos ejecutados por Manuel Raúl González Estrada.

  6. - La revisión censal fue practicada por personal de la Dirección General de Tenencia de la Tierra, manifestando que ésta se efectuó acorde con la Ley Federal de Reforma Agraria y el reglamento para la tramitación de los expedientes de confirmación y titulación de bienes comunales y concluye opinando que de la revisión practicada, se obtuvieron 55 capacitados, cuyos nombres son:

  7. - Francisco Vega Tavizón, 2.- Santiago Aguilera Carrillo, 3.- Ramón Hinojos Suárez, 4.- Heriberto Galaviz Flores, 5.- Heriberto Galaviz Muñoz, 6.- Juan Salcido Pichardo, 7.- Juan Delgado Lucero, 8.- Ramón Delgado Caraveo, 9.- Isaac Beltrán Palacios, 10.- Ramón Rodríguez Armendáriz, 11.- Pedro Escobedo Sotelo, 12.- Daniel Varela Villalobos, 13.- Adolfo Moreno Aguirre, 14.- Everardo Moreno Monarrez, 15.- Miguel Moreno Monarrez, 16.- Juan Francisco Sáenz Fierro, 17.- Ramón Olivas Ontiveros, 18.- Juan Ramón Olivas Sandoval, 19.- Isidro Olivas Sandoval, 20.- Estanislao Contreras de la O., 21.- Gumaro Contreras Mariscal, 22.- Cirilo Contreras Mariscal, 23.- Belegario Galaviz Valadez, 24.- Belegario Galaviz Flores, 25.- Ramón Salas Hernández, 26.- Ventura Guzmán Adame, 27.- Andrés Acosta Quiñones, 28.- Sixto Acosta Holguín, 29.- Carlos Hinojos Rosales, 30.- Venancio Contreras Mariscal, 31.- Cipriano Beltrán Palacios, 32.- Mónico Galaviz Flores, 33.- Alejo Beltrán Caro, 34.- Adrián Beltrán Palacios, 35.- Francisco Vega Quiñones, 36.- Melchor Acosta Holguín, 37.- Raymundo Acosta Quiñones, 38.- Bernardo Galaviz Flores, 39.- Miguel Delgado Lucero, 40.- Ramón Hernández Escobedo, 41.- Manuel Moreno Suriate, 42.- Fulgencio Hernández E., 43.- Moisés Caballero, 44.- Rodrigo Caballero Muñiz, 45.- Dolores Caballero Muñiz, 46.- Ernesto Corral Yáñez, 47.- Roberto Carbajal Corral, 48.- Benjamín Guzmán Adame, 49.- Venancio Hernández García, 50.- Juan Marín Solís, 51.- Jesús J. Morales Holguín, 52.- Lorenzo Ríos Vázquez, 53.- Ramón Ríos Gardea, 54.- Manuel Ríos Barrón, 55.- Carlos Rodríguez Chávez.

  8. - Que mediante oficios números 1298 y 1325 de veinticinco y veintisiete de enero de mil novecientos setenta y ocho, el Delegado de la Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de Chihuahua, comisionó a David Rodríguez Rodríguez y el topógrafo Alberto A. Espino G., a efecto de que se trasladaran al poblado "Noriega y Anexos", Municipio de Santa Bárbara, Chihuahua, y efectuaran el levantamiento de las actas de linderos respectivas y documentación administrativa, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 359, incisos a) y c), de la Ley Federal de Reforma Agraria; habiendo rendido dichos comisionados su informe por escrito de veintisiete de marzo de mil novecientos setenta y ocho, de donde se desprende lo siguiente: Que mediante oficios sin número de diez, doce, trece y catorce de febrero de mil novecientos setenta y ocho, se notificó a los colindantes a fin de identificar debidamente los linderos entre unos terrenos y otros, y levantar las actas respectivas y posteriormente al efectuar el levantamiento topográfico, resultó una superficie total de 2,192-38-58.78 hectáreas de terrenos en general. Después se presentaron en las oficinas de la Delegación de la Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado, una comisión de personas que viven en Santa Bárbara, Chihuahua, entregando copias que amparan varias propiedades enclavadas dentro de los terrenos solicitados para confirmación y titulación de bienes comunales por el poblado "Noriega y Anexos", y en tal virtud los comisionados se constituyeron de nueva cuenta al poblado en cuestión, con el fin de inspeccionar y localizar dichas propiedades, basándose en los títulos que se entregaron y se comprobó que en realidad las referidas propiedades pertenecen a las personas que entregaron la documentación, ya que los tienen cercados totalmente y al interrogar a los vecinos declararon que efectivamente dichas personas trabajan estos terrenos continuamente y por lo tanto dentro de los terrenos solicitados no existen áreas cultivables, pues la superficie libre es puro terreno cerril, de mala calidad, y también se comprobó que los pocos comuneros que siembran, rentan terrenos a particulares y la mayoría de los solicitantes son empleados de las diferentes minas que existen en esa zona, aclarando que obran en poder de los propietarios, el plano y los títulos de la totalidad de los terrenos medidos para la presente acción agraria y por todo lo antes descrito se pudo afirmar o comprobar que los propietarios tienen la documentación y en parte la posesión de estos terrenos, no estando de acuerdo en que se confirme y titule este mancomún, prefiriendo seguir con el régimen de propiedad privada; opinando los comisionados que el expediente de que se trató es improcedente por la vía de reconocimiento y titulación de bienes comunales, pues los solicitantes carecen de la documentación, así como la posesión básica y son pocos los que se dedican a la agricultura, ya que rentan a particulares y por lo tanto no reúnen los requisitos exigidos por la Ley Federal de Reforma Agraria.

  9. - Durante la ejecución de los trabajos técnicos informativos los cuales fueron levantados por el topógrafo Roberto A. Espino G. y David Rodríguez R., el trece, catorce, quince, dieciséis y diecisiete de febrero de mil novecientos setenta y ocho, se realizaron las actas de conformidad de linderos entre el poblado gestor y los ejidos Santa Bárbara, Casa Colorada y la colonia de Casa Colorada o Francisco I. Madero, todos del Municipio de Santa Bárbara, Chihuahua y con la propiedad de Daniel Medina y el rancho El Cura, propiedad de Carmen M. de Salcido, del mismo municipio y estado, respectivamente.

    Las mencionadas actas de conformidad de linderos, fueron debidamente certificadas de su autenticidad por el Presidente Municipal de Santa Bárbara, Chihuahua.

  10. - Mediante oficio 349 de nueve de mayo de mil novecientos ochenta, el jefe de ese entonces programa "Pider", de la...

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