Acuerdo mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1574 al ciudadano Eduardo Torres Ortíz, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Guadalajara como aduana de adscripción, y en las de Ciudad Juárez, Chihuahua y Manzanillo como aduanas adicionales a la de su adscripción

Fecha de disposición19 Septiembre 2008
Fecha de publicación19 Septiembre 2008
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Regulación Aduanera. ACUERDO 800-02-00-00-00-2008-404

Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el Agente Aduanal EDUARDO TORRES ARIAS, titular de la patente número 569, con adscripción en la aduana de GUADALAJARA, y autorización 3263 para actuar ante las aduanas de CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA y MANZANILLO, solicitó el retiro voluntario de su patente, a efecto de que lo sustituya el C. EDUARDO TORRES ORTIZ, y considerando que este último está autorizado como Agente Aduanal Sustituto mediante Acuerdo 326-SAT-367, de fecha trece de julio del año dos mil seis, por haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 159 de la Ley Aduanera, así como también que mediante Acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal EDUARDO TORRES ARIAS a su patente, el Administrador Central de Regulación Aduanera, con fundamento en los artículos 11, fracción IV, en relación con el 12, Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y 144 fracciones XXI y XXXII, 163 fracción VII y 163-A de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1574 al C. EDUARDO TORRES ORTIZ, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de GUADALAJARA como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal EDUARDO TORRES ARIAS, por lo cual, a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 569, así como la autorización 3263 que habían sido asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. EDUARDO TORRES ORTIZ, va a actuar en las aduanas de CIUDAD...

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