Título de Concesión otorgado en favor de la empresa Embarcadero Isla Cortés, S. de R.L. de C.V., para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en una zona marítima para la construcción y operación de una instalación portuaria de uso particular que se destinará para un Club Náutico, con ubicación en Isla Cortés, en la Bahía de Altata, Municipio de Navolato en el Estado de Sinaloa

Fecha de disposición23 Agosto 2013
Fecha de publicación23 Agosto 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- 1.05.12. TÍTULO DE CONCESIÓN QUE OTORGA EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EL LIC. DIONISIO ARTURO PÉREZ-JÁCOME FRISCIONE, A FAVOR DE LA EMPRESA "EMBARCADERO ISLA CORTÉS, S. DE R. L. DE C.V.", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, EL C. JACOBO SEVILLA SUÁREZ PEREDO, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA" Y "LA CONCESIONARIA", RESPECTIVAMENTE, PARA USAR Y APROVECHAR BIENES DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, CONSISTENTES EN UNA ZONA MARÍTIMA PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE UNA INSTALACION PORTUARIA DE USO PARTICULAR, QUE SE DESTINARÁ PARA UN CLUB NÁUTICO, CON UBICACIÓN EN ISLA CORTÉS, EN LA BAHÍA DE ALTATA, CORRESPONDIENTE AL MUNICIPIO DE NAVOLATO, EN EL ESTADO DE SINALOA, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Constitución.- "La Concesionaria" acreditó ante "La Secretaría" estar constituida conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles y demás leyes aplicables, bajo la denominación de "Embarcadero Isla Cortés", ostentando el régimen jurídico de "Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable" (S. de R.L. de C.V.), según consta en la copia certificada de la Escritura Pública No. 13,902 de fecha 26 de diciembre de 2008, otorgada ante la fe del Lic. Jesús Manuel Ortiz Andrade, Notario Público No. 57 de la Ciudad de Culiacán Rosales, Estado de Sinaloa, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Culiacán, Sinaloa, el día 7 de enero de 2009, con el folio mercantil electrónico No. 78284*1 y encontrarse inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave EIC081226MS2, documento que se agrega como Anexo Uno.

  2. Representante Legal.- El C. Jacobo Sevilla Suárez Peredo, acreditó su personalidad jurídica como representante legal de "La Concesionaria", quien cuenta con poder legal para actos de administración, sustentando la capacidad y facultades necesarias para aceptar y suscribir en nombre de su representada el presente Título de Concesión, como consta en la copia certificada de la Escritura Pública No. 13,902 a que se alude en el Antecedente I.

  3. Domicilio.- "La Concesionaria" señala como su domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en la calle de Epitacio Osuna No. 1197, Planta Alta, Col. Centro Sinaloa, C.P. 80129, Municipio de Culiacán, en el Estado de Sinaloa, y en el área concesionada.

  4. Terrenos colindantes.- "La Concesionaria" se encuentra en el supuesto jurídico del último párrafo del artículo 24 de la Ley de Puertos, toda vez que acreditó la propiedad del bien inmueble con una superficie de 42,220.273 m2, del Desarrollo Turístico Nuevo Altata, la Península Primera Etapa, ubicado en la Península de Lucenilla, del Municipio de Navolato, en el Estado de Sinaloa, con las siguientes medidas y colindancias: del Punto 1 al Punto 4 con el Lote No. 1 de SC-2 A, del Punto 4 al Punto 11 colinda con la Bahía de Altata, del Punto 11 al Punto 12 colinda con el Lote No. 3 de SC-2 A, del Punto 12 al Punto 1 colinda con el Lote privada Isla Paraíso Sur; como obra en la copia certificada de la Escritura Pública No. 14,263 de fecha 17 de agosto de 2009, ante la fe del Notario Público No. 57 de la Ciudad de Culiacán, en el Estado de Sinaloa, el Lic. Jesús Manuel Ortiz Andrade; documento que se agrega como Anexo Dos.

  5. Concesión de Zona Federal Marítimo Terrestre.- El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, otorgó a favor de la empresa "Desarrollo Nuevo Altata, S.A. de C.V.", el Título de Concesión ISO MR DGZF-1222/06 de fecha 22 de noviembre de 2006, con una vigencia de 15 (quince) años, para usar, ocupar y aprovechar una superficie de 9,598.90 m2 de Zona Federal Marítimo Terrestre, localizada en la Península de Lucenilla, Bahía de Altata, Municipio de Navolato, en el Estado de Sinaloa, exclusivamente para uso de ornato.

    Asimismo, mediante Resolución administrativa de fecha 8 de octubre de 2010, la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, otorgó a la empresa "Desarrollo Nuevo Altata, S.A. de C.V.", la modificación a las Bases y Condiciones de la Concesión No. ISO MR DGZF-1222/06 de fecha 22 de noviembre de 2006, en relación con el uso otorgado, siendo actualmente éste el de rampa de botado de embarcaciones deportivas y se clasifica como de uso general. Las obras autorizadas consisten en

    la construcción de una rampa para botado de embarcaciones turísticas que ocupará un área de 441.85 m2, con las siguientes características: el área de acceso a la rampa se construirá con adopasto para facilitar la recarga del manto freático; la rampa de botado constará de dos secciones, la primera se construirá con relleno tipo balastro, sub-base e impregnación asfáltica, la segunda sección estará conformada por dos vigas doble "T" para el soporte de la placa de concreto rodado, con guarnición en ambos lados de 25 cm, con acabado estriado integrado en el colado; pilotes a base de concreto armado con sistema de losa-trabes-pantalla.

    Por otra parte mediante Constancia de Recepción de fecha 22 de febrero de 2011, el representante de la empresa "Desarrollo Nuevo Altata, S.A. de C.V.", solicitó ante la Delegación Federal en el Estado de Sinaloa, dependiente de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Cesión Total de Derechos y Obligaciones de la Concesión No. ISO MR DGZF-1222/06 de fecha 22 de noviembre de 2006, a favor de la empresa "Embarcadero Isla Cortés, S. de R.L. de C.V." "La Concesionaria", documentos que se agregan como Anexo Tres.

  6. Exención de Autorización de Impacto Ambiental.- El día 15 de diciembre de 2009, mediante oficio No. SG/145/2.1.1/0887/09, la Delegación Federal en el Estado de Sinaloa, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, otorgó a favor de "La Concesionaria" la exención de la presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental, para el proyecto de "Instalación de Rampa para Botado de Embarcaciones Deportivas", a ubicarse a 126 m al sur del Puente Nuevo Altata, en el Desarrollo Turístico Isla Cortés, Sindicatura de Altata, Municipio de Navolato, en el Estado de Sinaloa.

    Asimismo, mediante Constancia de Recepción y escrito de fecha 7 de diciembre de 2011, "La Concesionaria" solicitó ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el ingreso del trámite de manifestación en materia de impacto ambiental, en la modalidad particular, para realizar el proyecto de construcción, operación y mantenimiento de un embarcadero y casa club; documentos que se agregan como Anexo Cuatro.

  7. Justificación del otorgamiento del Título de Concesión.- La Dirección de Obras Marítimas y Dragado de la Dirección General de Puertos mediante oficio No. 7.3.203.173.11.- 1534 de fecha 15 de marzo de 2011, manifestó que fue recibida en sus oficinas la opinión solicitada al Capitán de Puerto de Altata, Sinaloa, de la cual se anexa copia simple, donde éste concluyó que después de haber analizado el caso, la colocación de los pontones y el resto de las instalaciones, no interfiere ni afecta la seguridad en la navegación del tipo de embarcaciones existentes en dicha zona.

    La Dirección de Obras Marítimas y Dragado, después de haber revisado la documentación complementaria que le fue entregada por "La Concesionaria", concluyó que el proyecto de un club náutico que se pretende realizar, afectará una superficie de 6,484.84 m² de zona federal marítima, programado para efectuarse en dos etapas, mismas que se transcriben a continuación:

    Primera etapa de construcción

    Muelle flotante en peine y muelle para combustible 812.94
    Área de accesos, pasillos y construcciones 646.08
    Total área construida 1,459.02
    Área de operación en exclusividad 3,614.26
    Total del área de la primera etapa 5,073.28

    Segunda etapa de construcción

    Muelle flotante en peine 447.38
    Área de operación en exclusividad 964.18
    Total del área de la segunda etapa 1,411.56
    Área total: 6,484.84

    De acuerdo con los datos antes mencionados, la Dirección de Obras Marítimas y Dragado, no tiene objeción desde el punto de vista técnico, en que se continúe con el trámite para obtener la autorización de construcción y operación del citado Club Náutico, conforme a los planos del proyecto ejecutivo Exp. ALTA.-11-01-25, D.G.P.-D-01, T-01, E-01, E-02, E-03, E-04, E-05, E-06, E-07 y E-08, todos ellos de fecha 10 de marzo de 2011.

    Asimismo, la planificación del proyecto ha sido autorizada en los siguientes términos:

    ETAPAS TIEMPO DE EJECUCIÓN MONTO DE INVERSIÓN
    Primera etapa 7 meses $9,815,810.00
    Segunda etapa 5 meses $2,505,600.00

    El monto total de la inversión será de $12'321,410.00 M.N. (doce millones trescientos veintiún mil cuatrocientos diez pesos 00/100 moneda nacional) y un tiempo de ejecución de 12 meses, documento que agrega como Anexo Cinco.

  8. Justificación económico-financiera del otorgamiento del Título de Concesión.- Por conducto del oficio No. DFOP.-255.11.-7552 de fecha 14 de noviembre de 2011, la Dirección de Finanzas y Operación Portuaria dependiente de la Dirección General de Puertos, manifestó que una vez analizada la información que "La Concesionaria" envió a la Dirección General de Puertos, a fin de justificar su solicitud de Concesión, misma que incluye el análisis económico y el estudio financiero correspondiente con los flujos de efectivo descontados, la citada Dirección de Finanzas y Operación Portuaria procedió a revisar y analizar los...

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