Decreto por el que se transforma la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 3o., fracción I, 13, 27, 29, 30, 31, 32, 37, 39 y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 14 y 15, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 84, 87, 88 y 95, de la Ley General de Víctimas, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce a las víctimas u ofendidos de delitos y de violaciones a derechos humanos, entre otros, los derechos a recibir protección, así como otras medidas de atención para garantizar su integridad física y psicológica, y a la reparación integral del daño, lo que se reafirma en los instrumentos internacionales celebrados por nuestro país en materia de derechos humanos;

Que la Ley General de Víctimas fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013, y reformada mediante Decreto publicado el 3 de mayo del mismo año;

Que la Ley General de Víctimas establece el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, como una instancia superior de coordinación y formulación de políticas públicas, la cual tiene por objeto proponer, establecer y supervisar las directrices, servicios, planes, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, así como las demás políticas públicas que se implementen para la protección, ayuda, asistencia, atención, acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral a las víctimas en los ámbitos local, federal y municipal;

Que de conformidad con el ordenamiento antes referido, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es el órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, mismo que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, y gozará de autonomía técnica y de gestión, la cual estará a cargo, entre otros aspectos, de garantizar el acceso a los servicios multidisciplinarios y especializados que el Estado proporcionará a las víctimas de delitos o por violación a sus derechos humanos para lograr su reincorporación a la vida social;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la Meta Nacional "México en Paz", objetivo 1.5, relativo a garantizar el respeto y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación, establece como estrategia la de proporcionar servicios integrales a las víctimas u ofendidos de delitos, y para ello contempla, entre otras líneas de acción, coadyuvar en el funcionamiento del nuevo Sistema Nacional de Atención a Víctimas en el marco de la Ley General de Víctimas; promover el cumplimiento de la obligación de reparación del daño a las víctimas de delito y de violaciones a los derechos humanos, así como la participación y el establecimiento de mecanismos de coordinación con instituciones públicas y privadas que intervienen en la prestación de servicios a víctimas directas e indirectas;

Que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas está integrada por siete comisionados, quienes fueron designados por el Senado de la República, previo cumplimiento y desahogo de los requisitos que establecen los artículos 85 y 86 de la Ley General de Víctimas, y que rindieron protesta el pasado 10 de octubre del 2013;

Que en tanto se emite el Reglamento de la Ley General de Víctimas, es preciso tomar medidas jurídicas para la operación y funcionamiento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, integrada por los comisionados designados por el Senado de la República y, para ello, es pertinente que cuente con los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el debido cumplimiento de sus atribuciones, y

Que por lo anterior, es necesario modificar la denominación, objeto, organización y funciones del organismo descentralizado Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de...

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