Procedimiento Técnico PT-SE para la elaboración de trabajos valuatorios que permitan dictaminar el valor comercial de semovientes

Fecha de disposición06 Febrero 2009
Fecha de publicación06 Febrero 2009
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. PROCEDIMIENTO TECNICO PT-SE, PARA LA ELABORACION DE TRABAJOS VALUATORIOS QUE PERMITAN DICTAMINAR EL VALOR COMERCIAL DE SEMOVIENTES.

INDICE:

  1. Introducción

    1.1. Generalidades

    1.2. Criterios técnicos en que aplica

    1.3. Premisas a la valuación de semovientes

    1.4. Conceptos y definiciones a usar en este procedimiento técnico

    1.4.1. Condiciones especiales

    1.4.1.1. Usos dañinos

    1.4.1.2. Usos improcedentes

    1.4.1.3. Usos ineficientes

    1.4.2. Criterio técnico

    1.4.3. Enfoque Comparativo de Mercado

    1.4.4. Método físico por puntaje

    1.4.5. Factor de ajuste

    1.4.6. Fecha de inspección

    1.4.7. Fecha de valores

    1.4.8. Fecha de emisión del dictamen valuatorio

    1.4.9. Finalidad del dictamen

    1.4.10. Homologación

    1.4.11. Propósito del avalúo

    1.4.12. Uso del dictamen

    1.4.13. Valor Comercial

    1.4.14. Valores seriales

    1.4.15. Vigencia legal

  2. Procedimiento técnico

    2.1. Recepción de la solicitud

    2.2. Identificación del avalúo

    2.2.1. Parámetros del avalúo

    2.2.1.1. Revisión de documentos procedente (base informativa)

    2.2.1.2. Uso del dictamen

    2.2.1.3. Propósito del avalúo

    2.2.1.4. Finalidad del dictamen

    2.2.1.5. Criterio técnico

    2.2.1.6. Fecha de inspección

    2.2.1.7. Condiciones especiales

    2.2.1.8. Condiciones hipotéticas

    2.2.1.9. Suposiciones extraordinarias

    2.2.1.10. Fecha de valores

    2.2.1.11. Fecha de emisión del dictamen valuatorio

    2.2.1.12. Vigencia legal

    2.2.2. Valores que se dictaminan en este procedimiento técnico

    2.3. Inspección física y descripción del semoviente y su entorno (trabajo de campo)

    2.3.1. Inspección del semoviente en estudio

    2.3.1.1. Inspección física (ocular) y descripción del bien

    2.3.1.2. Reporte fotográfico

    2.3.1.3. Localización del semoviente sujeto

    2.3.1.4. Nombre del sujeto

    2.3.1.5. Especie animal

    2.3.1.6. Régimen de propiedad

    2.3.1.7. Características físicas

    2.3.1.8. Características de comportamiento

    2.3.1.9. Para el caso de baja por inutilidad

    2.3.1.10. Datos generales

    2.3.1.11. Situación jurídica

    2.3.1.12. Permisos o usos especiales

    2.3.1.13. Consideraciones adicionales

    2.4. Recopilación de Información de semovientes comparables (datos de mercado)

    2.4.1. Para el caso de semovientes de servicio

    2.4.1.1. Características

    2.4.1.2. Ubicación

    2.4.1.3. Monto ofertado o cierre de la operación

    2.4.1.4. Nivel de la oferta

    2.4.1.5. Tiempo de exposición en el mercado

    2.4.1.6. Nombre y teléfono del informante

    2.4.1.7. Reporte fotográfico

    2.4.1.8. Clasificación de datos

    2.4.2. Para el caso de semovientes para carne

    2.4.2.1. Para este caso de ganado de engorda se aplica el método de mercado de carne

    2.5. Descripción del procedimiento técnico (método de valuación)

    2.5.1. Enfoque Comparativo de Mercado

    2.5.1.1. Homologación

    2.5.1.2. Factores de ajuste

    2.5.1.3. Tabla de homologación

    2.5.2. Método de mercado de carne

    2.5.3. Métodos aplicados en semovientes de servicio

    2.5.3.1. Enfoque Comparativo de Mercado (Ver apartado 2.5.1.)

    2.5.3.2. Enfoque físico por puntaje

    2.6. Valor comercial

    2.7. Obtención del valor conclusivo (estimación final del valor)

    2.8 Elaboración del documento valuatorio correspondiente (informe de avalúo)

Transitorios
Anexo 1 Tabla de investigación de mercado
Anexo 2 Tabla de homologación
  1. Ejercicios ilustrativos

    JUAN PABLO GOMEZ MORIN RIVERA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes

    Nacionales (INDAABIN), con fundamento en los artículos 142 de la Ley General de Bienes Nacionales, 5 fracción V del Reglamento del INDAABIN y Normas séptima y novena de las Normas conforme a las cuales se llevarán a cabo los avalúos y justipreciaciones de rentas a que se refiere la Ley General de Bienes Nacionales, he tenido a bien emitir el siguiente:

    PROCEDIMIENTO TECNICO PT-SE, PARA LA ELABORACION DE TRABAJOS VALUATORIOS QUE PERMITAN DICTAMINAR EL VALOR COMERCIAL DE SEMOVIENTES

  2. Introducción

    1.1. Generalidades

    En el presente Procedimiento se establecen en forma documental, las bases que permiten unificar y clarificar la utilización de conceptos y técnicas, así como las directrices básicas para la ejecución de trabajos de valuación para estimar el valor comercial de semovientes.

    Es práctica usual que el valor de un semoviente de uso pecuario se estime principalmente con base en el análisis de sus características intrínsecas (dimensiones y características físicas del animal, genotipo, capacidades fisiológicas, comportamiento, salud, entre otros), y además de las extrínsecas (servicios de trabajo, deportivos, de transporte y carga, entre otros), que sean inherentes al bien, conjuntamente con el análisis del mercado y a la aplicación y ponderación de las variables predominantes que lo afecten.

    1.2. Criterios técnicos en que aplica

    El procedimiento técnico en el proceso de valuación de semovientes, aplica en los siguientes criterios técnicos para los cuales es común a cada uno de ellos:

    AD-BM, Adquisición de Bienes Muebles Usados

    EN-BM, Enajenación de Bienes Muebles

    IN-BDT, Indemnización de Bienes Distintos a la Tierra

    REF-BM, Reexpresión de Estados Financieros de Bienes Muebles

    ARR-BM, Arrendamiento de Bienes Muebles

    DJ-BM, Diligencias Judiciales en Bienes Muebles

    AS-BM, Aseguramiento contra Daños de Bienes Muebles

    1.3. Premisas a la valuación de semovientes

    Por semoviente, para fines de este procedimiento, se comprende únicamente a:

    Los semovientes dedicados a la producción de partes físicas componentes estructurales del mismo animal (producción de lana, carne, leche, piel, pelo, hueso, grasa, principalmente)

    Los dedicados al aprovechamiento de servicios que presta el animal (carga, transporte, seguridad y tiro, entre otros)

    Los dedicados al deporte y espectáculos (carreras, charrería, tauromaquia, entre otros)

    Los usos combinados de estas especialidades

    De acuerdo a lo anterior, las especies consideradas corresponden al listado siguiente:

    Ganado mayor y menor para producción de leche, carne y sus derivados

    Ganado de lidia

    Ganado equino para carne

    Ganado equino para rienda

    Especies caninas para servicios

    1. El avalúo comprende únicamente los semovientes descritos en el trabajo valuatorio y en las condiciones señaladas, en la fecha de su emisión

    2. El avalúo no es aplicable a casos diferentes por extensión o extrapolación, ni en eventos de causa o usos diferentes a lo solicitado

    3. En el avalúo, se asientan las siguientes perspectivas:

      1. Perspectivas jurídicas.- Señalar si el bien se encuentra en posesión de sus propietarios

      2. Perspectivas físicas.- Señalar si el semoviente por su manejo, sufrirá en el corto o en el largo plazo alteraciones de carácter físico, o si es objeto de riesgo funcional o se observa degradación de su condición, así como de que pudieran mejorar los mismos aspectos

      3. Perspectivas políticas.- Indicar si se tiene indicios de modificación a la política de desarrollo pecuario, en beneficio de los semovientes

      4. Perspectivas económicas.- Comentar si el sujeto se puede beneficiar o perjudicar por cualquier cambio en la actividad socio-económica exterior

      5. Perspectivas sociales.- Señalar cualquier evidencia de movimiento social en el ingreso de la población, cultura, costumbres, número de habitantes, composición u otras de la población que afecten el valor del semoviente

    4. Este procedimiento cumple en su desarrollo con los ocho pasos del proceso valuatorio establecidos en las metodologías y criterios de carácter técnico, considerando en todos los casos que existe una solicitud previa de trabajo valuatorio y se ha cumplido con el primer paso que consiste en la "Recepción de la solicitud"

    5. Todos los componentes y las acciones consideradas en este procedimiento han sido incorporadas, vigilando que se apeguen al marco legal vigente

    6. Todos los términos utilizados en este procedimiento se apegan al Glosario de Términos de Valuación de Bienes Nacionales que emite el INDAABIN

    7. La vigencia legal de los trabajos valuatorios elaborados bajo este procedimiento técnico, considera las condiciones físicas, técnicas, económicas, políticas y sociales imperantes a la fecha de valores

      1.4. Conceptos y definiciones a usar en este procedimiento técnico

      1.4.1. Condiciones especiales.- Son aquellas características excepcionales de índole legal, física, económica y/o social, que afectan en parte o a la totalidad del bien en su valor, condiciones que no son características típicas del mercado donde se ubica el bien. Son ejemplo de estas condiciones:

      1.4.1.1. Usos dañinos.- Son aquellos usos actuales a los que está dedicado el bien a valuar, que deterioran al bien y que de ser considerados en los enfoques comparativo de mercado, de ingresos y costos (obsolescencias), tal como están, provocarían un sesgo positivo o negativo en el valor resultante.

      1.4.1.2. Usos improcedentes.- Son aquellos usos actuales a los que está dedicado el bien a valuar, que conforme a derecho no proceden, por causas ajenas a las características del propio bien y que de ser considerados en los enfoques comparativo de mercado, de ingresos y costos (obsolescencias), tal como están, provocarían un sesgo positivo o negativo en el valor resultante.

      1.4.1.3. Usos ineficientes.- Son aquellos usos actuales a los que está dedicado el bien a valuar, que no consiguen el rendimiento óptimo esperado por causas ajenas a las características del propio bien y que de ser considerados en los enfoques comparativo de mercado, de ingresos y costos (obsolescencias), tal como están, provocarían un sesgo positivo o negativo en el valor resultante.

      1.4.2. Criterio técnico.- Es la directriz que involucra el proceso valuatorio y le permite al valuador de bienes nacionales vincular por tipo de bien la metodología que resulte aplicable con el procedimiento técnico correspondiente.

      1.4.3. Enfoque Comparativo de Mercado.- Es el método...

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