Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, Vertientes General, Ciudades Turísticas y Zonas Metropolitanas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Michoacán de Ocampo y los H. Ayuntamientos de Morelia, Apatzingán, Lázaro Cárdenas, Zamora, Uruapan, La Piedad, Ciudad Hidalgo, Zitácuaro y Pátzcuaro de dicha entidad federativa   

Fecha de disposición06 Marzo 2008
Fecha de publicación06 Marzo 2008
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, Vertientes General, Ciudades Turísticas y Zonas Metropolitanas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Michoacán de Ocampo y los H. Ayuntamientos de Morelia, Apatzingán, Lázaro Cárdenas, Zamora, Uruapan, La Piedad, Ciudad Hidalgo, Zitácuaro y Pátzcuaro de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTES GENERAL, CIUDADES TURISTICAS Y ZONAS METROPOLITANAS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DR. RODOLFO TUIRAN GUTIERREZ, ASISTIDO POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, ING. LUIS MEJIA GUZMAN; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE PLANEACION Y DESARROLLO ESTATAL Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Y LA SECRETARIA DE CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, LOS CC. OCTAVIO LARIOS GONZALEZ, Y ROSA HILDA ABASCAL RODRIGUEZ, RESPECTIVAMENTE Y LOS H. AYUNTAMIENTOS CONSTITUCIONALES DE MORELIA, APATZINGAN, LAZARO CARDENAS, ZAMORA, URUAPAN, LA PIEDAD, CD. HIDALGO, ZITACUARO Y PATZCUARO, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS CC. SALVADOR LOPEZ ORDUÑA, ANTONIO CRUZ LUCATERO, GUSTAVO TORRES CAMACHO, PABLO GUTIERREZ GALVAN, MARCO ANTONIO LAGUNAS VAZQUEZ, SERGIO ARTURO TORRES SANTOS, LUIS OLVERA CORREA, LEOPOLDO MARTINEZ RUIZ Y MERCEDES CALDERON GARCIA, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO.

ANTECEDENTES

1. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, tiene por objeto: Concertar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.

Por acuerdo de las partes se establece en la cláusula séptima de “EL CONVENIO MARCO, que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución anuales, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación respectiva a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos federal y estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.

“LA SEDESOL manifiesta que, la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante los oficios circular números 307-A-1318 y 307-A-1372 de fechas 20 y 30 de diciembre de 2004, respectivamente, mediante oficio 312.A.-001258 de fecha 19 de agosto de 2004 que emite la Dirección General de Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio de las asignaciones de recursos que le corresponden conforme al Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005; y para los efectos de este Acuerdo de Coordinación, a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto, mediante el oficio número OM/DGPP/410.20/0050/05, de fecha 7 de enero de 2005, se comunicó la autorización para comprometer recursos asignados al Programa Hábitat.

Con base en lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación, 1, 2 y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1, 6, 7, 8, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 49, 52, 53 y 61 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, en los artículos 6, 8, 11, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, vigentes; y de conformidad con lo establecido en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano del Estado de Michoacán, así como lo previsto por los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado de Michoacán; 9, 11, 20, 22 fracciones VII, XI, XIII, 25 fracciones I, V; 30 fracciones I, III, XXVI; 31 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; en los artículos 1, 5, 10, fracción V; 13, 23, 37, 39 y 43 de la Ley de Planeación del Estado de Michoacán; artículo 2 fracción IV del Decreto de Creación del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Michoacán, en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano del Estado de Michoacán; artículos 113 y 114 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal y artículos 1, 2 fracción II, 5, 10, 13, fracciones X y XI y 29 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

CAPITULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y recursos del Programa Hábitat entre “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, a través de un esfuerzo conjunto y complementario que impulse el trabajo corresponsable del Programa Hábitat en las ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas.

SEGUNDA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementario en el Programa materia del presente Acuerdo, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.

La ejecución del Programa Hábitat tendrá su sustento en propuestas de aplicación de subsidios, en las que se consigne la información correspondiente a la aportación federal, estatal y en su caso municipal, con apego a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, precisando si estas aportaciones corresponden a la modalidad de complementariedad o coparticipación.

CAPITULO II DE LA DETERMINACION DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS POR APOYAR

TERCERA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos dirigidos a aquellas zonas de atención prioritaria en ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas que por sus condiciones de pobreza y marginación así lo requieran, de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; asimismo, se brindará atención diferenciada con apoyos específicos a la población en situación de pobreza, así como a las prioridades locales en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, de conformidad con lo establecido en EL CONVENIO MARCO, por lo que las partes convienen la atención a las siguientes ciudades y municipios:

Vertiente: GENERAL

Ciudad Municipio
APATZINGAN APATZINGAN
CD. HIDALGO HIDALGO
CD. LAZARO CARDENAS LAZARO CARDENAS
URUAPAN URUAPAN
HEROICA ZITACUARO ZITACUARO
Vertiente: ZONAS METROPOLITANAS
Ciudad Municipio
LA PIEDAD LA PIEDAD
MORELIA MORELIA
ZAMORA ZAMORA
Vertiente: CIUDADES TURISTICAS
Ciudad Municipio
PATZCUARO PATZCUARO
CAPITULO III DEL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA HABITAT

III.1 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LOS ORDENES DE GOBIERNO

DISTRIBUCION FEDERAL

CUARTA. “LA SEDESOL” asignará a EL ESTADO y, en su caso, por conducto de éste a LOS MUNICIPIOS, recursos presupuestarios federales del Programa Hábitat previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, conforme a lo establecido en el artículo 61 de dicho ordenamiento legal y las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, por la cantidad de: $51,699,195.00 (cincuenta y un millones seiscientos noventa y nueve mil ciento noventa y cinco pesos 00/100 M.N.); conforme a la siguiente distribución.

Vertiente: GENERAL MONTO: $26,573,190.00

MUNICIPIO MONTO
APATZINGAN $6,252,768.00
CD. HIDALGO $1,086,668.00
CD. LAZARO CARDENAS $5,748,372.00
URUAPAN $9,078,779.00
ZITACUARO $4,406,603.00
Vertiente: ZONAS METROPOLITANAS MONTO: $23,959,251.00
MUNICIPIO MONTO
LA PIEDAD $ 750,771.00
MORELIA $ 15,573,412.00
ZAMORA $ 7,635,068.00
Vertiente: CIUDADES TURISTICAS MONTO: $1,166,754.00
MUNICIPIO MONTO
PATZCUARO $ 1,166,754.00
Dichos recursos serán destinados en las modalidades del Programa Hábitat, Vertientes General, Zonas Metropolitanas y Ciudades Turísticas, conforme a los criterios establecidos en las Reglas de Operación Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social , y sus Lineamientos Específicos Vigentes

QUINTA. La ministración de recursos federales para el Programa Hábitat se hará considerando la estacionalidad de gasto y en su caso el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal.

SEXTA. De la...

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