Acuerdo de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de México y los municipios de Amecameca, Apaxco, Atizapán de Zaragoza, Atlacomulco, Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Huehuetoca, Isidro Fabela, Ixtapaluca, Lerma, Metepec, Naucalpan de Juárez, Nicolás Romero, La Paz, Rayón, San Felipe del Progreso, San Mateo Atenco, Tecámac, Tenancingo, Tenango del Valle, Tezoyuca, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Tultitlán, Valle de Bravo, Valle de Chalco Solidaridad y Zumpango de dicha entidad federativa

Fecha de disposición15 Agosto 2013
Fecha de publicación15 Agosto 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de México y los municipios de Amecameca, Apaxco, Atizapán de Zaragoza, Atlacomulco, Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Huehuetoca, Isidro Fabela, Ixtapaluca, Lerma, Metepec, Naucalpan de Juárez, Nicolás Romero, La Paz, Rayón, San Felipe del Progreso, San Mateo Atenco, Tecámac, Tenancingo, Tenango del Valle, Tezoyuca, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Tultitlán, Valle de Bravo, Valle de Chalco Solidaridad y Zumpango de dicha entidad federativa.

ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS, EN LO SUCESIVO "EL PREP", QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO SUCESIVO "LA SEDATU", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL OFICIAL MAYOR, MTRO. FIDEL ANTUÑA BATISTA, ASISTIDO POR EL DELEGADO ESTATAL DE "LA SEDATU"; EN EL ESTADO DE MÉXICO, C.P. FERNANDO CARLOS PORTILLA GALÁN; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO, MTRO. ERASTO MARTÍNEZ ROJAS, Y LOS MUNICIPIOS DE AMECAMECA, APAXCO, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ATLACOMULCO, CHALCO, CHIMALHUACÁN, CUAUTITLÁN, CUAUTITLÁN IZCALLI, ECATEPEC DE MORELOS, HUEHUETOCA, ISIDRO FABELA, IXTAPALUCA, LERMA, METEPEC, NAUCALPAN DE JUÁREZ, NICOLÁS ROMERO, LA PAZ, RAYÓN, SAN FELIPE DEL PROGRESO, SAN MATEO ATENCO, TECÁMAC, TENANCINGO, TENANGO DEL VALLE, TEZOYUCA, TLALNEPANTLA DE BAZ, TOLUCA, TULTITLÁN, VALLE DE BRAVO, VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD Y ZUMPANGO, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS C.C, C.P. CARLOS SANTOS AMADOR, LIC. DANIEL PARRA ÁNGELES, LIC. PEDRO DAVID RODRÍGUEZ VILLEGAS, M. A. ARTURO NEMECIO NICOLÁS VÉLEZ ESCAMILLA, ING. FRANCISCO OSORNO SOBERON, ING. AGRO. TELESFORO GARCÍA CARREÓN, L.A.E. GABRIEL CASILLAS ZANATTA, LIC. HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFÍN, L.C.P Y A.P. PABLO BEDOLLA LÓPEZ, C.P. BENITO JIMÉNEZ MARTÍNEZ, C. LIZETH VIRIDIANA GONZÁLEZ MONDRAGÓN, LIC. MARISELA SERRANO HERNÁNDEZ, L.C.P Y A. P. FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA, LIC. CAROLINA MONROY DEL MAZO, LIC. DAVID RICARDO SÁNCHEZ GUEVARA, C. MARTIN SOBREYRA PEÑA, ING. Q. I. JUAN JOSÉ MEDINA CABRERA, C. ERICK VLADIMIR CEDILLO HINOJOSA, C. ABRAHAM MONROY ESQUIVEL, LIC. OLGA PÉREZ SANABRIA, C. ROCÍO DÍAZ MONTOYA, PROF. ANTONIO SÁNCHEZ CASTAÑEDA, ARQ. VÍCTOR MANUEL AGUILAR TALAVERA, C. ARTURO AHUMADA CRUZ, M.A.P. PABLO BASÁÑEZ GARCÍA, LIC. MARTHA HILDA GONZÁLEZ CALDERÓN, M. EN D. SANDRA MÉNDEZ HERNÁNDEZ, M.V.Z. FRANCISCO REYNOSO ISRADE, DR. JESÚS SÁNCHEZ ISIDORO Y LIC. ABEL NEFTALÍ DOMÍNGUEZ AZUZ, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO SE DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los estados se planeen de manera conjunta. En todos los casos se deberá considerar la participación que corresponda a los municipios.

  2. El artículo 3, fracción XIX y el Anexo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012, establecen que "EL PREP" es un programa sujeto a reglas de operación. Asimismo, el artículo 31 de este Decreto señala que los subsidios federales se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

  3. Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, corresponde a "LA SEDATU" impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios, la planeación habitacional y el desarrollo de vivienda.

  4. El 28 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de "LA SEDATU" por el que se emiten las Reglas de Operación de "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013.

  5. El objetivo general de "EL PREP" es contribuir a mejorar la percepción de seguridad ciudadana, en las

    ciudades y zonas metropolitanas, mediante el rescate de espacios públicos en condición de deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la población en situación de pobreza multidimensional.

  6. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social. De igual manera se observarán las directrices marcadas por la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.

  7. La Subdirección de Presupuesto, dependiente de la Dirección General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor, comunicó a la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas, de "LA SEDATU" el monto de los subsidios autorizados a "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013, mediante oficio número IV.-410-310.644, de fecha 14 de marzo de 2013.

  8. El Oficial Mayor de "LA SEDATU", mediante el Oficio Circular de Distribución de Subsidios de "EL PREP" número 260626, de fecha 15 de marzo de 2013, comunicó a los delegados estatales de "LA SEDATU" la distribución de los subsidios federales de "EL PREP" por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2013.

    Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75, 77, 82, 83, 84, 85 y 106 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85, 175, 176 y 178 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3 fracción XIX, 29, 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 7, fracción X, 9, 13, 24, 34, 35 y 36 del Reglamento Interior de "LA SEDATU"; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013; así como en lo previsto por los artículos 1, 77 fracciones XXIII y XXXVIII, 78, 113, 138 y 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 5, 6, 15, 17, 19 fracciones III y VII, 22, 23 y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 15 fracción II, 19 fracción VII, 39, 40, 41, 42 y 44 de la Ley de Planeación del Estado de México y municipios; 77 fracción I inciso d) y 78 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y municipios; 1, 2, 3, 31 fracción XXXV, 48 fracciones IV, XVI y XVIII, 87 fracción I y 91 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.1 fracción IV y 1.5 fracción VI del Código Administrativo del Estado de México, "LAS PARTES" han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

    CLÁUSULAS

CAPÍTULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre "LAS PARTES", para la operación de "EL PREP" en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas y para el ejercicio de los subsidios federales y los recursos locales aportados, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida y la seguridad ciudadana, mediante el rescate de espacios públicos en condición de deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la población en situación de pobreza de las ciudades y zonas metropolitanas.

SEGUNDA. "LAS PARTES" acuerdan que para la operación de "EL PREP" y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establece la normativa federal y de forma supletoria la legislación local, las Reglas de Operación de "EL PREP"...

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