Acuerdo de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Oaxaca y los municipios de Oaxaca de Juárez, Santa Lucía del Camino, Santa Cruz Xoxocotlán, San Antonio de la Cal, Heroica Ciudad de Huajuapan de León, Santiago Pinotepa Nacional, Salina Cruz, Santo Domingo Tehuantepec, Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Matías Romero Avendaño, San Juan Bautista Tuxtepec y Loma Bonita de dicha entidad federativa

Fecha de disposición31 Mayo 2011
Fecha de publicación31 Mayo 2011
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Oaxaca y los municipios de Oaxaca de Juárez, Santa Lucía del Camino, Santa Cruz Xoxocotlán, San Antonio de la Cal, Heroica Ciudad de Huajuapan de León, Santiago Pinotepa Nacional, Salina Cruz, Santo Domingo Tehuantepec, Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Matías Romero Avendaño, San Juan Bautista Tuxtepec y Loma Bonita de dicha entidad federativa. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO "LA SEDESOL", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR EL DELEGADO FEDERAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL EN EL ESTADO DE OAXACA, ING. HUBERTO ALDAZ HERNANDEZ; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA Y EL SECRETARIO DE FINANZAS, LOS CC. ANTONIA IRMA PIÑEYRO ARIAS Y L.E. GERARDO CAJIGA ESTRADA; Y LOS MUNICIPIOS DE OAXACA DE JUAREZ, SANTA LUCIA DEL CAMINO, SANTA CRUZ XOXOCOTLAN, SAN ANTONIO DE LA CAL, HEROICA CIUDAD DE HUAJUAPAN DE LEON, SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL, SALINA CRUZ, SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC, HEROICA CIUDAD DE JUCHITAN DE ZARAGOZA, MATIAS ROMERO AVENDAÑO, SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC Y LOMA BONITA, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, C. LIC. LUIS JULIAN UGARTECHEA BEGUE, C. PEDRO CABAÑAS SANTAMARIA, LIC. JOSE JULIO ANTONIO AQUINO, C. NICOLAS JUVENTINO MARTINEZ, PROFR. FRANCISCO IGNACIO CIRIGO VILLAGOMEZ, CPTAN. CARLOS SARABIA CAMACHO, LIC. GERARDO GARCIA HENESTROZA, ING. JOSE LUIS VILLALOBOS VILLALOBOS, DR. DANIEL GURRION MATIAS, C.P. CUAUHTEMOC FUENTES VILLANUEVA, DR. JOSE BARRERA MOJICA E ING. FELIPE REYES ALVAREZ, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES
  1. El Eje 3 del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, denominado "Igualdad de Oportunidades", establece que "La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. Para conducir a México hacia un desarrollo económico y social sustentable hay que resolver a fondo las graves diferencias que imperan en el país. Gobierno y sociedad deben ser capaces de mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, es decir, casi la mitad de la población." II.- El objetivo 4 del Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, establece: Mejorar la calidad de vida en las ciudades, con énfasis en los grupos sociales en condición de pobreza, a través de la provisión de infraestructura social y vivienda digna, así como consolidar ciudades eficientes, seguras y competitivas. III.- El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los Gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que los Gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo. IV.- El artículo 32 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2010, establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Asimismo, este artículo señala que el Programa Hábitat es un programa de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social. V.- El párrafo sexto del artículo 32 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, establece que "... se suscribirán acuerdos y convenios específicos y Anexos de ejecución en los que se establecerán: la distribución de los recursos de cada programa o región de acuerdo con sus condiciones de rezago, marginación y pobreza, indicando en lo posible la asignación correspondiente a cada municipio; las atribuciones y responsabilidades de la Federación, las entidades federativas y municipios, y las asignaciones presupuestarias de los órdenes de gobierno en que concurran en sujeción a los programas concertados." VI.- El objetivo general del Programa Hábitat, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, es contribuir a la superación de la pobreza y al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de zonas urbanas marginadas en las que se presenta concentración de hogares en situación de pobreza patrimonial, en lo sucesivo "Polígonos Hábitat", al fortalecer y mejorar la organización y participación social, así como el entorno urbano de dichos asentamientos. Los "Polígonos Hábitat" son identificados por "LA SEDESOL" y constituyen el ámbito de actuación del Programa Hábitat. VII.- La Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, mediante su oficio número OM/400/0559/2010 de fecha 23 de diciembre de 2010, comunicó a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio el monto de los subsidios autorizados al Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2011. VIII.- La Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa Hábitat número 300/002/2011 y de fecha 6 de enero de 2011, comunicó a los delegados federales de la Secretaría de Desarrollo Social la distribución de los subsidios federales del Programa Hábitat por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2011. Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4, 24 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 7, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 30, 31 y 32 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011; 6, 8, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2011; así como en lo previsto por los artículos 2, 80, 82, 84 y 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 2 fracción I, 5, 6, 9, 13 fracción XII, 16, 20 y 31 y Sexto Transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 1, 2, 14, 18 y 35 de la Ley de Planeación para el Estado de Oaxaca; 1, 2, 3, 29, 43 fracción XXV y 68 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Oaxaca; 1, 2, 3, 23 y 24 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca, "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", en lo sucesivo "LAS PARTES", han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes: CLAUSULAS

CAPITULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", para la operación del Programa Hábitat en las ciudades, zonas metropolitanas y "Polígonos Hábitat" seleccionados y para el ejercicio de los subsidios federales y los recursos locales aportados, con el propósito de contribuir a la superación de la pobreza y al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de zonas urbanas marginadas, al fortalecer y mejorar la organización y participación social, así como el entorno urbano de dichos asentamientos. SEGUNDA. "LAS PARTES" acuerdan que en la operación del Programa Hábitat y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establece la normatividad federal y local aplicable, las Reglas de Operación del Programa Hábitat para...

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