Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-181-SCFI-2010, Yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurth- Denominación, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicado el 17 de marzo de 2010

Fecha de disposición29 Octubre 2010
Fecha de publicación29 Octubre 2010
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-181-SCFI-2010, YOGUR, YOGURT, YOGHURT, YOGHURTH O YOGURTH-DENOMINACION, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA.

CHRISTIAN TUREGANO ROLDAN, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio (CCNNSUICPC), con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 39 fracción V, 40 fracciones I y XII, 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 y 61 fracción I, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 19 fracciones I, XIV y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 4 fracción I de las Reglas de Operación del CCNNSUICPC, publica las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-181-SCFI-2010, Yogur, Yogurt, Yoghurt, Yoghurth o Yogurth-Denominación, Especificaciones Fisicoquímicas, Información Comercial y Métodos de Prueba, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de marzo de 2010.

Organización/Dependencia:

  1. ARANAL, S.A. DE C.V

  2. Asociaciones Ganaderas de la República Mexicana

    1. Unión Ganadera Regional de Jalisco

    2. Asociación Ganadera Local General Antonio Alba Rangel

    3. Asociación Ganadera Local de San Juan de los Lagos, Jalisco.

    4. Asociación Ganadera Local General de Bajío de San José, Jalisco.

    5. Asociación Ganadera Local de Cañadas de Obregón, Jalisco.

    6. Asociación Ganadera Local General de Capilla de Guadalupe.

    7. Asociación Ganadera Local General de Capilla de Milpillas.

    8. Asociación Ganadera Local de San Julián, Jalisco.

    9. Asociación Ganadera Local de Teocaltiche, Jalisco.

    10. Asociación Ganadera Local del Salto, Jalisco.

    11. Asociación Ganadera Local de Tepatitlán, Jalisco

    12. Asociación Ganadera Local de Encarnación de Díaz, Jalisco

    13. Asociación Ganadera Local, Unión de San Antonio, Jalisco.

    14. Asociación Ganadera Local de Valle de Guadalupe, Jalisco

    15. Asociación Ganadera Local General de Jamay, Jalisco.

    16. Asociación Ganadera Local de Zapotlán del Rey, Jalisco

    17. Asociación Ganadera Local de Zapotlanejo, Jalisco.

    18. Asociación Ganadera Local de La Barca, Jalisco.

    19. Asociación Ganadera Local de Ocotlán, Jalisco.

    20. Asociación Ganadera Local de Lagos de Moreno, Jalisco.

    21. Asociación Ganadera Local de San Diego de Alejandría, Jalisco.

  3. GRECARGO, S.C.

  4. Ganaderos Productores de Leche Pura, S.A. de C.V. (ALPURA)

  5. Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (CANACINTRA).

  6. Comercializadora de Lácteos y Derivados, S.A. de C.V. (LALA)

  7. Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados, A.C. (COFOCALEC).

  8. Danone de México S.A. de C.V. (DANONE)

  9. Cámara Nacional de Industriales de la Leche (CANILEC)

  10. Frente Nacional de Productores y Consumidores de Leche

  11. Colegio de Química de la Escuela Nacional Preparatoria de la UNAM, Plantel "Justo Sierra" (3)

  12. Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO)

  13. Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN)

  14. Cámara Nacional del Maíz Industrializado (CANAMI)

    VERSION PROPUESTA CAMBIO PROPUESTO FUNDAMENTACION DEL CAMBIO RESPUESTA
    PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-181-SCFI-2010, YOGUR, YOGURT YOGHURT, YOGHURTH O YOGURTH-DENOMINACION, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA ASOCIACIONES GANADERAS DE LA REPUBLICA MEXICANA El título del proyecto expresa que se define la información comercial del producto y en el texto no existe ninguna especificación, por tanto se deben definir cuáles son éstas, o bien, eliminarse del título la información comercial. La referencia de la NOM-051-SCFI-1994 es genérica y no es suficiente porque no se puede inferir cuáles características descritas son aplicables a este proyecto. ASOCIACIONES GANADERAS DE LA REPUBLICA MEXICANA Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, no se aceptó el comentario, en virtud de que la NOM establece las especificaciones mínimas que debe cumplir el producto que se quiera comercializar bajo la denominación de Yogurt (natural o saborizado). Dado su condición de alimento preenvasado este producto queda sujeto a cumplir con la información comercial establecida en la norma general NOM-051SCFI-1994 o la que la sustituya. Por lo que se considera necesario indicar este hecho en el título de la NOM.
    CANACINTRA PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-181-SCFI-2010, Yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurth-Denominación, especificaciones fisicoquímicas, especificaciones microbiológicas, información comercial y métodos de prueba. CANACINTRA Se debe incluir en el título de la norma "especificaciones microbiológicas" toda vez que son contempladas en el Proyecto. CANACINTRA; COFOCALEC; CANILEC; Y CONCAMIN Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, se aceptan los comentarios. El título de la NOM será: NOM-181-SCFI-2010, YOGURT -DENOMINACION, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS Y MICROBIOLOGICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA
    COFOCALEC Se sugiere simplificar el título para referir solo un nombre-Yogurt - , considerando que en el objetivo y campo de aplicación se indican los demás nombres que pueden ser usados para el producto. Norma Oficial Mexicana NOM-181-SCFI-2010, Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba. Fundamentación Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización artículo 28 inciso III; NMX-Z-013/1-1977 Puntos 3.2.1, 3.2.3 y 3.2.4.
    CANILEC Y CONCAMIN PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-181-SCFI-2010, Yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurth-Denominación, especificaciones fisicoquímicas, especificaciones microbiológicas, información comercial y métodos de prueba. CANILEC Y CONCAMIN Dado que el proyecto contempla cuestiones microbiológicas al contener la cantidad de microorganismos viables presentes en el producto.
    1. Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones fisicoquímicas y la información comercial que deben cumplir los productos denominados yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurth, así como los métodos de prueba que deben aplicarse para comprobar dichas especificaciones. Esta norma es aplicable al yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurth que se comercializa dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos. Cuando en la presente Norma Oficial Mexicana se utilice la denominación yogurt, se entenderá como yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurth. ALPURA Se solicita la modificación de los siguientes textos: Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones fisicoquímicas y la información comercial que debe cumplir el producto denominado yogur, así como los métodos de prueba que deben aplicarse para comprobar dichas especificaciones. Esta norma es aplicable al yogur que se comercializa dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos. ALPURA Sustento: Se deberá hacer mención del yoghurt en forma singular, debido a que se trata de un solo producto, el cual su nombre puede escribirse de diferentes formas, sin que esto implique que sean productos diferentes. ALPURA; COFOCALEC Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, se acepta que se trata de solo un producto. El Objetivo y campo de aplicación quedará como sigue: "Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones fisicoquímicas, microbiológicas y la información comercial que debe cumplir el producto denominado yogurt, así como los métodos de prueba que deben aplicarse para comprobar dichas especificaciones. Esta norma es aplicable al yogurt, que se comercializa dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos." El último párrafo de la redacción del campo de aplicación se movió de lugar y quedó como nota del inciso 5.1.1, como sigue: "5.1.1... NOTA: Cuando en la presente Norma Oficial Mexicana se utilice la denominación yogurt, se entenderá como yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurth."

    COFOCALEC De acuerdo con la propuesta de modificación del título, se sugiere modificar la redacción del Objetivo y campo de aplicación. 1. Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones fisicoquímicas y la información comercial que deben cumplir los productos denominados yogurt, así como los métodos de prueba que deben aplicarse para comprobar dichas especificaciones. Esta norma es aplicable al yogurt que se comercializa dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos. Cuando en la presente Norma Oficial Mexicana se utilice la denominación yogurt, se entenderá como yogurt, yogur o yoghurt. COFOCALEC Fundamentación Ley Federal sobre Metrología y Normalización artículo 44; Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización artículo 28 inciso III; NMX-Z-013/1-1977 Puntos 3.2.3, 3.2.4 y 5.1.3.
    COLEGIO DE QUIMICA DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA DE LA UNAM, PLANTEL "JUSTO SIERRA" (3) Comentario: Referente al producto lácteo fermentado Yakult Este producto no está referido en el contenido de la norma, siendo que debe integrarse en este proyecto dado que, sin importar la grafía comercial, es un yakult. Sustento para que se consideren los comentarios: Debe incluirse este producto en el proyecto referido dado que es un yogurt (producto lácteo fermentado). COLEGIO DE QUIMICA DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA DE LA UNAM, PLANTEL "JUSTO SIERRA" (3) Con fundamento en los
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